El correo electrónico y la videoconferencia en las Comunidades de Propietarios

22 | 07 | 15
| Sector inmobiliario

La reforma de la Ley de Propiedad Horizontal aprobada en junio de 2015 que regula las Comunidades de Propietarios de Catalunya, contempla un importante cambio derivado de la cada vez mayor implantación en la sociedad de los correos electrónicos.

Esta reforma ha aumentado el control de las Comunidades sobre los morosos, la eliminación de la segunda convocatoria de reuniones, y la regulación de recarga de vehículos eléctricos, como abordamos en artículos anteriores.

En esta ocasión resumimos la reforma legal para las Comunidades de Propietarios de Catalunya que contempla (de forma pionera en España), además de los canales tradicionales de comunicación con los propietarios a través del correo postal de toda la vida, que puedan realizarse las convocatorias a través del correo electrónico, así como el envío del acta de las reuniones. Las comunicaciones más frecuentes en las Comunidades de Propietarios son la convocatoria para las Juntas, así como el envío del acta resultante de los acuerdos de las mismas.

El envío de estas comunicaciones a través de correo electrónico garantizará mayor agilidad en la entrega de la información, además de las otras ventajas que incorpora la comunicación electrónica. Además permite el email aumentar el volumen de información adjunta que puede acompañar la comunicación, como estados de cuentas, liquidaciones, extractos, facturas, presupuestos, etc…

Por último, y no menos importante, supondrá un importante ahorro a las Comunidades en gastos de correo y papel, ya que el coste del correo electrónico es habitualmente gratuito.

A pesar de que la mayoría de los propietarios disponen, directamente o a través de alguno de los miembros de la familia, dirección de correo electrónico, la Ley no elimina el uso del correo postal como medio de comunicación, así que esos propietarios podrán seguir recibiendo la información en la forma que lo habían venido recibiendo hasta ahora.

También nos trae la reciente reforma de la Ley de Propiedad Horizontal catalana (#LPHcatalana) una novedad tecnológica para las reuniones de propietarios: la posibilidad y validez de asistencia por videoconferencia.

En Feliu llevamos años implementando el uso del correo electrónico para la mayoría de las comunicaciones con los propietarios de las Comunidades, que ahora con esta reforma de la Ley nos permitirá agilizar también la comunicación en las convocatorias y envío de las actas de reuniones.