¿Qué significa aceptar una herencia a beneficio de inventario?

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A “beneficio de inventario” es una de las formas de aceptar una herencia en la que los acceptantes no adquieren ningún tipo de obligación personal sobre las deudas que se puedan derivar del testamento. Así mismo, tampoco las deudas pueden afectar el patrimonio particular -valga la redundancia para ser claros- de quienes reciba el *herencia. Para hacer una *herencia de este tipo -que no se *ordinaria- se tiene que pedir siempre por escrito ante un notario o un juez y satisfacer *plaços estrictos: “el inventario empezará dentro de los treinta días siguientes a la citación de los acreedores y legatarios, y acabara en los siguientes sesenta” (arte 1017 del código civil). Así pues la ventaja de esta modalidad de herencia se disminuir las cargas sobre el beneficiario. Ahora bien, el hecho de acogerse a esta modalidad tiene limitaciones claras:

Que el heredero renuncie expresamente a la herencia.
Para no respetar los plazos fijados.
Sí el heredero realiza actas prohibidos.
Cuando el beneficiario deja de incluir algún de los bienes de la herencia.
Si los herederos venden algo sin autorización judicial
Al no exigir al heredero asumir las deudas con su patrimonio, con la llegada de la crisis económica que desde 2008 golpea nuestro país este tipo de herencia ha cogido impulso. A pesar de que todavía es una posibilidad bastante desconocida por la ciudadanía esta modalidad se abre cada vez más camino. Si bien, es verdad que no podemos obviar la tendencia general provocada por la recesión apunta a un importante incremento de la renuncia a las herencias.

Para saber más puede consultar los breves y casuisticos artículos del Código civil, especialmente, del 1010 al 1017 Link Articulos. Confiamos haberlo informado de esta modalidad de herencia y pueda sacar beneficio de la información.