50 Conceptos inmobiliarios imprescindibles

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| Sector inmobiliario
  • Diccionario

¡Medio centenar de conceptos inmobiliarios a tu disposición!  Para ahorrar tiempo piensa el término a buscar, ¿No está? Contáctanos aquí.

Glosario inmobiliario:

1. Acta de la junta de propietarios: documento con valor jurídico, que recoge los acuerdos adoptados por los propietarios lo ha de firmar el "presidente" de la Comunidad de Propietarios (en caso de que este esté ausente el vicepresidente o el secretario). 

2. Administrador de fincas (tiene que ser un Agente de la Propiedad Inmobiliaria): profesional que, bajo petición de los propietarios de una Comunidad, gestiona asuntos: financieros, legales, técnicos y hace de mediador en los eventuales conflictos. En este enlace te ofrecemos nuestro servicio de administración de comunidades

3. Arrendadorequivale a ser propietario.

4. Arrendatarioequivale a ser inquilino.

5. Arrendamiento: contrato entre el arrendador y el arrendatario de acuerdo con el cual lo primero cede el uso del bien al segundo.

6. Base imponible: magnitud tributaria que la Administración utiliza para calcular la cuantía de un impuesto que tiene que satisfacer el contribuyente.

7. Carencia: periodo dentro de un préstamo durante el cual solo se pagan intereses sin poderse amortizar el capital.   

8. Cargas: obligación económica que recae sobre una propiedad. Así, antes de comprar un piso hay que asegurarse que es libre de cargas. 

9. Catastro: censo que contiene la descripción de los diferentes tipos de inmueble. La inscripción al catastro es obligatoria y gratuita.

10. Cédula de habitabilidad: documento oficial que garantiza que un espacio examinado reúne las condiciones para poder ser habitado. Existen dos tipos de cédula de: "primera ocupación" o de "segunda ocupación". ¿Quieres saber más? Haz clic aquí.

11. Certificado Energético (CE): documento oficial que desde el 1 de junio de 2013 es obligatorio para alquilar o vender productos inmobiliarios. El CE informa sobre el consumo energético y las emisiones de gases contaminantes del producto inmobiliario. 

12. Certificado Registral: documento que emite el registro de la propiedad donde se detalla el estado de cargas financieras de una finca.

13. Código Civil Catalán: legislación propia de Cataluña que rige el derecho inmobiliario.   

14. Comunidad de propietarios: conjunto de propietarios que tienen la propiedad exclusiva de elementos privativos (viviendas, locales, oficinas, plazas de aparcamiento, etc.) y la copropiedad de elementos comunes (jardines, terrazas, escaleras o pasillos).

15. Código Técnico de Edificación: documento oficial que establece las exigencias básicas que tiene que satisfacer cualquier edificio según la Ley Orgánica de la Edificación. 

16. Contrato de Arras: documento privado donde las partes que participan en una operación de compraventa pactan la reserva de la operación avanzándose una cantidad económica como "señal" que la transacción se realizará.

17. Contrato de compraventa: contrato de acuerdo con el cual la parte compradora entrega una cantidad económica establecida por escrito y, a cambio, la parte vendedora tiene que entregar el bien inmobiliario objeto de transacción.

18. Escritura de compraventa: documento firmado y ratificado por un notario que recoge el acto jurídico de la compraventa que se inscribe al Registro de la Propiedad. 

19. Facility Management: conjunto de tareas vinculadas al mantenimiento preventivo y la gestión de propiedades a cargo de un arquitecto técnico. En Finques Feliu lo puedes pedir.

20. Fianza (del contrato de alquiler): cantidad económica que todo arrendador tiene que depositar, a primeros del alquiler, en manos del arrendatario y , que este, -en caso de que no haya desperfectos- restituyera al arrendador al final del contrato. En 2017 dedicábamos un texto.

21. Hipoteca (fija, variable, mixta): préstamo a medio y largo plazo destinado a la compra del producto inmobiliario. La propiedad queda en garantía a favor del banco.

22. "Home Staging": técnica de marketing que emplea el interiorismo para sacar el mejor de un inmueble con la intención de seducir un/a potencial comprador o locatario. Lo explica Fynkus en nuestro blog.

23. Impuesto sobre Bienes inmuebles (IBI): impuesto municipal, directo y anual que graba la propiedad efectiva de un bien inmueble. Lo pueden satisfacer los propietarios, usufructuarios o concesionarios. La cuota del impuesto se calcula en función del valor catastral del bien inmueble.

24. Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD): graba la realización e inscripción de cualquier documento de carácter jurídico en el registro de la propiedad.

25. Impuesto transmisiones patrimoniales (ITP): graba la vivienda de segunda mano y los recibos en herencia o donación. Hasta el 2021 la base imponible de este impuesto era el valor real que se equiparaba al precio de compraventa o a un valor objetivo asignado. Ahora, el valor de referencia será el de mercado, es decir, el que marque la Dirección General de Catastro que se convertirá en la base imponible del tributo mencionado.

26. Inmueble urbano: aquel edificado en "suelo urbanizable".

27. Inmueble rústico: aquel edificado en el campo para llevar a cabo actividades agrícolas y ganaderas.

28. Inspección Técnica de Edificios (ITE): examen que el edificio tiene que superar cada 10 años para verificar que está en un adecuado estado de mantenimiento. Aquí lo explicamos.

29. Indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM): desde el 2004 sirve como referencia para la asignación de: prestaciones sociales, ayudas, subvenciones, así como para la indemnización mínima por despido o el acceso a una vivienda de protección oficial. En 2022, si se aprueban los presupuestos, será de 600 €.  

30. Junta de Propietarios: órgano integrado por todos los propietarios de elementos privativos. La Junta se tiene que reunir como mínimo una vez en el año para aprobar el presupuesto de la comunidad de propietarios. Haz clic aquí para saber más.

31. Morosidad: falta de puntualidad en el pago de una renta pactada en un contrato. Este hecho para los inquilinos, en casos extremos, puede comportar el desahucio. Para un propietario que tenga deudas con la comunidad supone la pérdida del derecho a voto en la Junta.  

32. Notario: funcionario público que tiene autoridad legal para dar fe con su presencia de actos jurídicos y. así, otorgarles validez. En el ejercicio de sus potestades está habilitado para redactar documentos como por ejemplo: testamentos y escrituras de compra y venta.

33. Libro de la Comunidad de Propietarios: guarda ordenada toda la documentación de la comunidad (actas, presupuestos, lista de propietarios que deben dinero, etc.).

34. Persona Física (o natural): el Derecho denomina así los seres humanos, mayores de edad, con capacidad para ejercer derechos y obligaciones legales. Desde un punto de vista inmobiliario pueden ser titulares de viviendas, locales, oficinas, etc.

35. Persona Jurídica: el Derecho denomina así las sociedades (empresas) que asumen responsabilidades legales. Desde un punto de vista inmobiliario pueden ser titulares de viviendas, locales, oficinas, etc.

36. Propiedad Horizontal: régimen jurídico que confiere a los titulares de este derecho la exclusiva sobre los elementos privativos y en comunidad con los otros en los elementos comunes.

37. Propiedad Vertical: régimen jurídico donde todos los inmuebles o locales pertenecen a un único propietario.

38. Cuota de participación: concepto ligado a la propiedad vertical que establece el valor proporcional en relación con el total del edificio de un inmueble, local, plaza de parking, etc. Su finalidad es determinar el valor del voto de los diferentes propietarios.   

39. Cuota tributaria: cantidad que representa el gravamen y puede ser una cantidad fija o el resultado de multiplicar el tipo impositivo por la base imponible.

40. Representante legal: persona que por disposición legal o, por autorización escrita,  del titular puede actuar legalmente, en nombre suyo. Así el autorizado puede asistir y votar a la Junta de Propietarios.

41. Servidumbre: pérdida temporal y limitada de la propiedad de un bien privativo. Aquí lo explicamos con bastante detalle.

42. Sujeto pasivo: persona física o jurídica obligada por ley a pagar impuestos.

43. Superficie construida: cantidad de metros cuadrados que ocupa una construcción incluyendo los muros.

44. Superficie útil: cantidad de metros cuadrados realmente habitables.

45. Tasación inmobiliaria (técnicamente le llamamos informe de valoración): documento encaminado a establecer el valor de un producto inmobiliario de acuerdo con unos criterios y metodología que tienen que ser establecidos por un profesional. En Finques Feliu puedes solicitar la tuya.

46. Testamento: instrumento jurídico que permite ordenar la sucesión y por el cual se dispone el destino que el testador desea para sus bienes, una vez producido su defunción.

47. Testamento a beneficio de inventario: es una de las maneras de aceptarlo. En ella los aceptantes no adquieren ningún tipo de obligación personal sobre las deudas que se puedan derivar de aquello heredado. Lo explicamos en este enlace del 2015.

48. Tipo impositivo:  porcentaje que se aplica sobre la base imponible a fin de calcular el gravamen.

49. Título Constitutivo: instrumento jurídico, normalmente formalizado en una escritura a la cual se lo denomina División Horizontal, por el cual se determina jurídicamente la individualización de cada piso, local, plaza de garaje, trastero, etc., tendrá que indicarse cuotas de participación, servidumbres, servicios e instalaciones, etc.

50. Vicios ocultos de la edificación: deficiencias de una edificación que no podemos percibir a simple vista. Estas pueden afectar: fundamentación, estructura, impermeabilización, aislamiento térmico o instalaciones básicas de la edificación. Lo explicamos en marzo de 2021.

Para este escrito nos hemos basado  en nuestro blog y, puntualmente, en: Kasaz, @finkus, Europa Press, Sociedad de Tasación, Garanley abogados, Iberley y @adminfergal (Miguel Fernández).